Legislación de drones en Bolivia

Tener un conocimiento actualizado acerca de la aplicación, limitaciones y regulaciones que existen al volar aeronaves no tripuladas en tu país es una responsabilidad que deben adquirir los pilotos de drones para asegurar el bienestar e integridad de las personas y su entorno.
drones en Bolivia
En este blog te damos un resumen de la legislación de drones en Bolivia para que conozcas el trasfondo legal que existe al usar esta tecnología.

Índice de contenidos

DGAC y los drones en Bolivia

La Dirección General de Aeronáutica Civil también conocida por sus siglas DGAC, es la institución máxima de control aéreo en Bolivia, la cual controla y supervisa las operaciones con aeronaves tripuladas y no tripuladas con el fin de garantizar la seguridad operacional en los cielos bolivianos. A partir de este control y regulación de drones se emite la Reglamentación de la Aeronáutica Civil Boliviana para la certificación y operación de aeronaves no tripuladas.

¿Qué es la RAB?

La Reglamentación Aeronáutica Boliviana o RAB es el conjunto de normas que regulan los aspectos de orden técnico y operativo de las actividades aeronáuticas civiles que son aprobadas y emitidas por la DGAC, a través de una Resolución Administrativa, siendo su cumplimiento obligatorio.

Conforme a lo establecido en Ia RAB en su Parte 9l, Apéndice M – Sistemas de Aeronaves Pilotadas a Distancia y el Convenio de Chicago se establecen las normas para vuelo de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAs).

A continuación encuentras algunas de las normas más importantes de la RAB para volar drones en Bolivia.

Si deseas ampliar información haz clic aquí  👉🏻 Regulación para el uso de drones en Bolivia.

Requisitos para operar tu drone

  • El piloto de drones cesará inmediatamente el vuelo en el momento en que la seguridad aérea de terceros y bienes materiales se encuentre en peligro como resultado de esta operación.
  • Para realizar operaciones con drones cerca a los aeropuertos se debe enviar una solicitud de autorización a Ia Aeronáutica Civil de Bolivia indicando:
  1. Datos personales del piloto a distancia.
  2. Datos personales del observador.
  3. Número de registro e información detallada del drone.
  4. Número de serie del controlador de vuelo del drone.
  5. Hora, fecha y duración exacta de la operación.
  • Para realizar operaciones con drones de noche se deben cumplir los siguientes requisitos:
  1. El drone debe estar equipado con luces anticolisión.
  2. Se debe solicitar autorización a Ia AAC por medio de su formulario de solicitud.
  • Si Ia operación con drones está destinada a Ia carga y descarga de objetos se debe cumplir los siguientes requisitos:
  1. El drone debe haber sido diseñado para tal objetivo.
  2. Se debe entregar una copia del manual del drone a Ia AAC para su revisión en cuanto a diseño y limitaciones.
  3. El drone debe tener un sistema para detectar y evitar a otras aeronaves no tripuladas.
  4. Se debe contar con una base de operaciones donde se pueda observar toda la información del drone como la carga restante de la batería y combustible.
  • El piloto de drones debe mantener contacto visual directo con Ia aeronave sin Ia ayuda de binoculares o telescopios y debe ser consciente de su posición en todo momento.
legislación de drones

Limitaciones que debes conocer para operar tu drone

  • El piloto de drones es responsable de asegurarse que el mismo sea operado de acuerdo con las limitaciones operacionales establecidas por el fabricante.
  • La velocidad máxima permitida para los vuelos con drones es de 70 Kilómetros por hora.
  • Los drones no emitirán luces láser brillantes.
  • La altura máxima de vuelo no excederá en ningún momento los 400 pies sobre el terreno.
  • Si Ia operación toma lugar en propiedad privada, sólo podrá sobrevolar sobre los límites de Ia propiedad a una altura máxima de 30 metros sobre el terreno.

Prohibiciones en las operaciones con drones en Bolivia

Los drones no podrán efectuar ninguna operación:

  • En zonas prohibidas y restringidas por Ia AAC u otra autoridad competente.
  • En una zona de incendio forestal.
  • En inmediaciones de zonas militares, policiales y recintos carcelarios.
  • En inmediaciones del Palacio de Gobierno y Residencia Presidencial.
  • Sobre plantas hidrocarburíferas, estaciones de bombas o estaciones de servicio.
  • Ninguna persona puede operar drones desde un vehículo en movimiento.
  • Ninguna persona puede volar más de un drone de forma simultánea.
  • Ninguna persona puede operar drones bajo efecto del consumo de bebidas alcohólicas o sustancias que pueden afectar sus facultades fisiológicas para operar los controles de manera segura.

 

¿Cómo registrar un drone ante la DGAC?

Debes tener en cuenta que toda aeronave no tripulada o drone que tenga un peso igual o mayor a 200 gramos y hasta los 35 kg. debe obtener un número de registro de Ia AAC. Para ello se debe registrar la aeronave ante la DGAC.

Este proceso se puede realizar en línea diligenciando el formulario de registro mediante la página web de la DGAC.

Al finalizar el trámite de registro el sistema le proporcionará un número de registro, este es el que debe ser colocado en un lugar visible del drone para su correcta identificación.

registro de drone

Notificación de incidentes

Si eres un piloto de drones debes saber que todo incidente en el que se encuentre involucrado el uso de estas aeronaves debe ser reportado a la Dirección General de Aeronáutica Civil en un plazo no mayor a 72 horas. Diligenciando el formulario para dar alerta a esta notificación, dicho trámite se puede realizar en línea en la página oficial de la DGAC.

Notificaciones de Seguridad Operacional de AAC - DGAC

La solicitud para Ia realización de trabajos aéreos con drones y para Ia desviación de ciertos requisitos específicos del presente reglamento, se debe remitir a Ia AAC con una anticipación mínima de 10 días hábiles, el formulario de solicitud que se puede encontrar en Ia página web de Ia AAC.

Autoridad de inspección

Todo propietario u operador de drones debe permitir a los inspectores de Ia Dirección General de Aeronáutica Civil realizar Ia inspección y verificación necesaria cuando requieran, para verificar el cumplimiento de la normativa de drones en Bolivia.

Régimen sancionatorio

Cualquier operación de drones realizada en contradicción a la actual legislación de drones constituirá una infracción sancionable conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Infracciones, Sanciones y Procedimiento Especial Sancionatorio en concordancia con el Título Décimo Séptimo de la Ley 2902 de Aeronáutica Civil de Bolivia.

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