
Actualizado el 27 jun 2025 (incluye la Enmienda 2 – Diciembre 2024).
La adopción del RAC 100 – Operación de Sistemas de Aeronaves no Tripuladas (Enmienda 2, dic. 2024) es el resultado de un análisis exhaustivo desarrollado por un equipo interdisciplinario de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (UAEAC), con la participación de actores del sector UAS provenientes de la industria, la academia y asociaciones de pilotos.
A continuación se presenta un resumen de los principales alcances de esta nueva normativa sobre drones.
La estructura de la nueva regulación de drones en Colombia, contiene los elementos más importantes hacia una operación segura y legal de UAS/drones. te lo explico fácil…
¿De qué estamos hablando?
El RAC 100 es la reglamentación colombiana que dicta las reglas para volar drones. Arranca con un glosario que aclara qué significa cada palabra técnica, para que todos hablemos el mismo idioma.
Tres formas de volar
Categoría abierta: vuelos recreativos o sin ánimo de lucro, con drones de hasta 25 kg. Solo hay que registrar el dron (los que pesan menos de 200 g se libran) y respetar zonas, alturas y distancias básicas. No hace falta curso ni seguro.
Categoría específica: cualquier operación comercial o que se salga de los límites de la abierta. Aquí sí toca pedir una autorización de vuelo a la UAEAC, tener el dron y al operador registrados y cumplir requisitos extra de seguridad.
Categoría certificada: pensada para drones grandes que funcionen casi como aviones (por ahora, Colombia no la aplica hasta que la OACI publique normas definitivas).
Volar seguro
Hacer mantenimiento periódico y llevar un registro de cada intervención.
Seguro de responsabilidad civil: obligatorio cada vez que tu operación sea de categoría específica o sea una demostración comercial/instrucción, sin importar cuánto pese el dron; en la categoría abierta recreativa no se pide.
Respetar siempre las reglas de tránsito aéreo y dar prioridad a la aviación tripulada.
Quién puede manejar el dron
En categoría abierta basta con saber usar el equipo y conocer las reglas básicas.
En específica se requiere un piloto UAS certificado por la UAEAC y, si se trata de una empresa, un explotador UAS con su propio certificado.
Qué pasa si no cumples
La UAEAC puede imponer multas, retener el dron en el acto o suspender autorizaciones de vuelo. También realiza inspecciones sorpresa para comprobar que todo esté en regla.
Esta sección ofrece definiciones claras de los conceptos usados en el RAC 100. Con un lenguaje común, pilotos y operadores UAS pueden entender con precisión las reglas y requisitos que deben cumplir.
La sección de definiciones del RAC 100 aclara los términos clave que se usarán a lo largo del reglamento. Algunos de los más relevantes son:
Aeronave no tripulada (UA)
Explotador de sistemas de aeronaves no tripuladas (Explotador UAS)
Piloto al mando
Autorización operacional (requerida en la categoría específica)
Área poblada
Aeropuerto
Líneas de visión:
VLOS (Vuelo dentro de la línea de visión directa)
EVLOS (Vuelo con observadores, hasta 3 km)
BVLOS (Vuelo más allá de la línea de visión)
Operación de emergencia
Transporte de carga con UAS
(y otros definidos en el glosario)
El RAC 100 fija las reglas básicas para volar drones en Colombia Con ellas, pilotos y explotadores UAS saben dónde, cómo y bajo qué condiciones pueden operar, de modo que se protejan las personas, los bienes y el espacio aéreo sin interferir con la aviación tripulada.
¿Qué categorías de operación existen en el RAC 100?
Categoría abierta
Para vuelos de bajo riesgo con drones de hasta 25 kg, dentro de la línea de visión (VLOS), por debajo de 120 m de altura y lejos de aeropuertos o multitudes. No se pide autorización previa; basta con cumplir las reglas básicas.
Categoría específica
Cuando tu vuelo supera alguno de los límites de la abierta (por ejemplo, es en zona urbana, de noche, más alto, BVLOS, etc.). Aplica a drones de cualquier peso hasta 250 kg y exige una autorización operacional de la UAEAC. Puede ser recreativo o comercial: lo que importa es el nivel de riesgo.
Categoría certificada
Pensada para operaciones de riesgo muy alto como llevar carga pesada o pasajeros con requisitos similares a la aviación tripulada (certificación de la aeronave, piloto y operador). Aún no está vigente en Colombia; se implementará cuando la OACI publique las normas definitivas.
Autorización de vuelo
Solo es necesaria cuando la operación entra en categoría específica o se sale de los límites de la categoría abierta. En vuelos recreativos o de baja complejidad (categoría abierta) no hay que pedir permiso previo a la UAEAC.
Volar en zonas habitadas
Sí se puede, pero con reglas: mantener al menos 30 m de distancia de personas y edificios, no superar 122 m de altura y volar siempre a la vista (VLOS).
Cerca de aeropuertos
Está prohibido volar dentro de un radio de 9 km. Entre 6 km y 9 km se permite si el dron no pasa de 61 m de altura; para helipuertos la distancia mínima es 3 km.
Pilotos y explotadores UAS solo necesitan autorización previa en operaciones de mayor riesgo (categoría específica) y deben respetar distancias y alturas especiales en zonas urbanas y cerca de aeródromos para no interferir con la aviación tripulada.
Seguridad antes de despegar
Revisa tu dron antes de cada vuelo y deja constancia en la bitácora de mantenimiento. Esto garantiza que el equipo esté en condiciones seguras.
Si tu operación entra en categoría específica o es una demostración comercial/instrucción, debes contar con una póliza de responsabilidad civil que cubra posibles daños a terceros. En la categoría abierta recreativa no se exige seguro.
Respeta siempre las reglas del Reglamento del Aire y la gestión del tránsito aéreo que aplica la UAEAC, para no interferir con otras aeronaves.
Inspección y mantenimiento
Antes de cada vuelo, el piloto u operador debe revisar que el dron, sus baterías, hélices, enlace C2 y entorno estén en condiciones seguras.
En operaciones de categoría específica, el explotador lleva un libro de vuelo y mantenimiento, donde anota horas de vuelo, fallas encontradas y reparaciones realizadas; este libro debe acompañar al dron durante la operación.
Las empresas que cuentan con certificado de explotador UAS también mantienen un Manual de Control de Mantenimiento (MCM) actualizado con el programa de servicio de cada equipo.
El RAC 100 exige que todo piloto que desee volar en categoría específica obtenga un Certificado de idoneidad para piloto UAS, expedido por la UAEAC. Para conseguirlo debe:
Cursar y aprobar un programa teórico-práctico en un CIAC o CEAC autorizado, que incluye temas como gestión de riesgos, 20 despegues y aterrizajes y atención de emergencias.
Presentar un examen teórico ante la UAEAC y obtener mín. 75 %.
Contar con certificado médico y ser mayor de 18 años.
Las empresas o personas que pretendan ofrecer servicios comerciales con drones (categoría específica) deben, además, tramitar un certificado de explotador UAS y cumplir requisitos propios (manual de operaciones, jefe de pilotos, póliza, etc.).
Así, el reglamento garantiza que pilotos y explotadores tengan los conocimientos y habilidades necesarios para volar drones de forma segura y responsable.
Ten presente que tu certificado sigue siendo válido solo mientras el examen médico ocupacional esté vigente (debes renovarlo cada año) ; además, si planeas volar de noche, BVLOS, transportar carga o usar drones de > 25 kg, tendrás que gestionar la adición respectiva ante la UAEAC y acreditar la capacitación y las horas de vuelo que exige el RAC 100
Las ocho adiciones que el RAC 100 permite incorporar al certificado de idoneidad son: PBMO > 25 kg (drones de hasta 250 kg); aspersión (fumigación agrícola); dispersión (esparcir semillas u otros materiales); enjambre (operar más de 10 UA coordinadas); transporte de carga (“drone delivery”); vuelo nocturno; BVLOS (más allá de la línea de vista); e instructor de vuelo UAS. Cada adición requiere un módulo teórico-práctico corto—entre 2 y 8 h de aula y 4 a 8 h de vuelo o simulador, según la modalidad—más la demostración de horas de experiencia mínima especificada en el reglamento.
1. Marco y competencia.
El RAC 100 dedica la sección 100.235 a las infracciones y enlaza expresamente con el RAC 13, donde se describe el procedimiento sancionatorio aplicable a toda la aviación civil. Ello significa que basta un solo acto prohibido—por ejemplo, volar en zona restringida o presentar documentación falsificada—para que la UAEAC abra actuación administrativa e imponga medidas inmediatas si la operación pone en riesgo la seguridad operacional . El reglamento también habilita a la Policía para incautar la aeronave cuando exista amenaza a la convivencia o la seguridad ciudadana, coordinándose luego con la autoridad aeronáutica para la custodia del equipo
2. Sanciones disponibles.
Entre las consecuencias administrativas figuran: negación de nuevas solicitudes de certificado o autorización de vuelo, suspensión o revocatoria de los que ya tenga el infractor, inmovilización y confiscación del dron y sus sistemas de control, y multas fijadas conforme a los rangos económicos establecidos en el RAC 13 . Además, cuando la falta se detecta en flagrancia o implica riesgo inminente, la UAEAC puede adoptar medidas preventivas sin agotar todo el trámite (por ejemplo, ordenar el aterrizaje inmediato o retener la aeronave) para conjurar el peligro
3. Procedimiento y efectos colaterales.
El proceso sancionatorio garantiza derecho de defensa y se tramita ante la Secretaría de Autoridad Aeronáutica bajo las reglas del RAC 13. Sin embargo, algunas prerrogativas pueden suspenderse de forma provisional: el certificado de idoneidad del piloto o sus adiciones pueden quedar en pausa, e incluso cancelarse, cuando la infracción cuestione la competencia o la seguridad del titular . Las sanciones administrativas no excluyen eventuales responsabilidades penales, civiles o policivas si el hecho causa daños, produce lesiones o viola otra normativa—de modo que incumplir el RAC 100 puede derivar en procesos paralelos ante jueces o entes de control.
El RAC 100 progresa al compás de la tecnología: cada ajuste incorpora lecciones operativas, nuevos modelos de negocio y estándares globales. Cumplirlo no es solo “marcar casillas”, sino construir la confianza que permite que los drones se integren de forma segura en el cielo colombiano y multipliquen su impacto social y económico. La responsabilidad es compartida: la autoridad define el marco, pero la verdadera cultura de seguridad nace de cada piloto y explotador cuando planifica bien sus misiones, mantiene la disciplina de los reportes y antepone la prevención al afán de volar.
Reflexión y próximo paso
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El cielo está abierto a quienes se preparan: ¿te sumas al reto?